A raíz de varias situaciones relacionadas con porno venganza, es decir, difundir fotografías intimas de una persona sin su autorización, varios estados de la república han tipificado esta acción como un delito con castigo penal correspondiente. Hasta ahora los estados donde se han tomado estas medidas son Jalisco, Chihuahua, Ciudad de México, Yucatán y ahora se suma Puebla.
En dicha entidad se modificaron los artículos 255 y 255 Bis del Código Penal del estado y han sido aprobados por unanimidad. El artículo en cuestión quedó de la siguiente manera:
“Comete el delito contra la intimidad sexual quien, a fin de causar daño o la obtención de un beneficio, divulgue, comparta, distribuya, publique y/o solicite la imagen de una persona desnuda, parcial o totalmente, de contenido íntimo, erótico sexual, por cualquier medio, ya sea impreso, grabado o digital sin el consentimiento de la víctima.”
Las reformas contemplan el caso de que se compartan materiales en medios impresos o si las imágenes fueron robadas con violencia de un dispositivo de la víctima. La pena para este delito va de los seis años de prisión y podría incrementarse hasta dos terceras partes si hay violencia de por medio.
Esta legislación lleva cinco años en trabajos gracias a Olimpia Coral, originaria de Huauchinango, Puebla, luego de que ella se viera involucrada en una situación donde difundieron imágenes privadas.
Varios movimientos feministas en el país han impulsado en sus congresos locales medidas similares, ya que con la difusión de estos materiales a través de medios electrónicos no solo se vulnera a su persona, sino que el acto se considera violencia de género.