ERGA MIGRANTES CARITAS CHRISTI

INSTRUCCION “LA CARIDA DE CRISTO HACIA LOS EMIGRANTES”

CIUDAD DEL VATICANO, 14 MAY 2004 (VIS).-Esta mañana se presentó en la Oficina de Prensa de la Santa Sede la Instrucción del Pontificio Consejo para la Pastoral de los Emigrantes e Itinerantes “Erga migrantes caritas Christi” (La caridad de Cristo hacia los emigrantes).

El documento, publicado en inglés, español, alemán, francés, italiano y portugués, fue aprobado por el Santo Padre el 1 de mayo, memoria de San José Obrero y lleva la firma del cardenal Stephen Fumio Hamao y el arzobispo Agostino Marchetto, respectivamente presidente y secretario del dicasterio. Consta de una introducción, cuatro partes, una conclusión y un apéndice.

En la introducción se afronta el tema “El fenómeno migratorio hoy”; La primera parte se titula “Las migraciones, signo de los tiempos y solicitud de la iglesia”; la segunda “Los emigrantes y la pastoral de acogida”; la tercera “Agentes de una pastoral de comunión”, la cuarta “Estructuras de una pastoral misionera” y la conclusión “Universalidad de misión”. Finalmente, el apéndice, “Ordenamiento jurídico-pastoral”, incluye las tareas de los agentes de pastoral y varios organismos eclesiales encargados de la pastoral migratoria.

En la presentación, el cardenal Hamao y el arzobispo Marchetto escriben que la Instrucción “pretende actualizar -teniendo en cuenta los nuevos flujos migratorios y sus características- la pastoral migratoria, transcurridos, por lo demás, treinta y cinco años de la publicación del ‘Motu proprio’ del Papa Pablo VI ‘Pastoralis migratorum cura’ y de la relativa Instrucción de la Sagrada Congregación para los Obispos ‘De pastorali migratorum cura’ (‘Nemo est’)”.

“La composición de las migraciones actuales impone por lo demás la necesidad de una visión ecuménica de dicho fenómeno, a causa de la presencia de muchos emigrantes cristianos que no están en plena comunión con la Iglesia Católica, y del diálogo interreligioso, por el número siempre más consistente de emigrantes de otras religiones, en particular de la musulmana, en tierras tradicionalmente católicas, y viceversa”.

También se subraya la necesidad de “promover una acción pastoral fiel y, al mismo tiempo, abierta a nuevas perspectivas, también por lo que respecta a nuestras mismas estructuras pastorales, que deberán ser adecuadas y garantizar, al mismo tiempo, la comunión entre los agentes pastorales específicos y la jerarquía local de acogida, que es la instancia decisiva de la preocupación eclesial hacia los inmigrantes”.

El fenómeno migratorio “plantea el problema ético de la búsqueda de un nuevo orden económico internacional en vistas de una más justa distribución de los bienes de la tierra, y de la visión de la comunidad internacional como familia de pueblos, con aplicación del Derecho Internacional”.

“Otras urgencias -como la necesidad de la ‘inculturación’, la visión de Iglesia entendida como comunión, misión y Pueblo de Dios, la siempre actual importancia de una pastoral específica para los emigrantes, el empeño dialógico-misionero de todos los miembros del Cuerpo Místico de Cristo y el consiguiente deber de una cultura de acogida y de solidaridad en relación con los migrantes- introducen el análisis de las específicas instancias pastorales con que responder tanto en el caso de los migrantes católicos, sean de rito latino, sean de rito oriental, como de aquellos que pertenecen a otras Iglesias y Comunidades eclesiales, a otras religiones en general y al Islam en especial”.

El presidente y el secretario del pontificio consejo afirman que en el texto “viene precisada y recalcada la configuración, pastoral y jurídica, de los agentes pastorales -capellanes/misioneros y sus coordinadores nacionales, presbíteros diocesanos/eparquiales, religiosos, religiosas, laicos-, cuyo empeño apostólico es visto y considerado en la línea de una pastoral de comunión, de conjunto”.

“La integración de las estructuras pastorales (las ya adquiridas y las propuestas) y la inserción eclesial de los emigrantes en la pastoral ordinaria -con pleno respeto de su legítima diversidad y de su patrimonio espiritual y cultural, en vista también de la formación de una Iglesia concretamente católica- suponen otra importante característica pastoral que la Instrucción proyecta y propone a las Iglesias particulares. Tal integración es condición esencial para que la pastoral, para y con los inmigrantes, pueda resultar expresión significativa de la Iglesia universal y ‘missio ad gentes'”

El documento termina con el “Ordenamiento jurídico-pastoral”, que recuerda “las tareas, las incumbencias y los roles de los agentes pastorales y de los varios organismos eclesiales.

./INSTRUCCION EMIGRANTES/CON-SM VIS 040514 (730)

Fuente: Vatican Information Service

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