Uso y control de drones se enfrenta a nueva regulación en México

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En el mes de julio de este año, se ha emitido una circular obligatoria que se aplica a los drones. Estos dispositivos se denominan -formalmente- sistemas de aeronave piloteadas a distancia (RPAS por sus siglas en inglés). La circular en cuestión es una actualización a la que se encontraba vigente desde el año pasado. El objetivo es ponerse al día con las prácticas a nivel internacional.

¿Qué indica esta nueva circular?

En primer lugar, el documento define a la circular en los siguientes términos:

…el uso de este mecanismo y otros
elementos asociados con el equipo de soporte asociado para su operación, los cuales, entre otros,
se indican a continuación:

Una estación de control
* Datos de enlace
* Equipos de navegación y comunicación
* Mecanismos de lanzamiento y recuperación, en el entendido que el “RPAS” deberá ser
controlado por un piloto en tierra.

Acto seguido realiza una clasificación de este tipo de dispositivos desde los más livianos (menos de 2 kilogramos) hasta los más pesados (más de 25 kilogramos). Los usos definidos de los drones son: privado recreativo, privado no comercial y comercial. Dichos usos cuentan a su vez con limitaciones y requisitos para cada uno como la altitud máxima de vuelo y límites de velocidad.

Se debe tener en cuenta que la nueva circular obligatoria fue emitida en fecha 25 de julio de 2017 por la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC). El identificador de dicho documento es el CO AV-23/10 R4. La Dirección mencionada es la institución que se encarga en gran medida de velar por el cumplimiento de todos los lineamientos vigentes para la adquisición y operación con drones (RPAS). Toda situación que no contemple la circular, deberá ser dirigida directamente a la DGAC para su verificación y análisis.

El Proyecto de Norma Oficial Mexicana presentado en septiembre

El Proyecto Mexicano PROY-NOM- 107-SCT3-2016 tiene la intención de actualizar la regulación con respecto a los drones. Entre las propuestas se encuentran las distinciones entre un operador y un piloto de dron. Además, propone la inclusión de espacio aéreo en el que los drones podrán operarse. Se establecerán nuevos requisitos para las estaciones de control, la realización de operaciones nocturnas, entre otras.

Actualmente, el proyecto se encuentra en discusión y si acaso llega a aplicarse, reemplazará a la circular mencionada. La entidad Hogan Lovells comentará y sugerirá ideas para poder perfeccionarlo cada vez más.

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