Las leyes mexicanas son de las más estrictas en cuanto telecomunicación y tecnología se trata, todavía recuerdo que durante el semestre pasado tuve que hablar de la normatividad MoProSoft en sus secciones tercera y cuarta en procesos de calidad de servicios y software, las normas no son más que lineamientos que se deben de segur para poder mejorar la calidad de un servicio, un equipo, el uso de una frecuencia, las reglas con las que una empresa deberá prestar servicio y el modelo a seguir en el tema de introducción en el mercado, las leyes mexicanas quizá carecen en muchas ocasiones de sentido o de obligatoriedad de parte de los legisladores, sin embargo a partir de Agosto del 2012 una ley se ha puesto en marcha la cual sin duda sacará una sonrisa del rostro de cualquier usuario de un equipo celular.
La norma “Prácticas comerciales-Elementos normativos para la comercialización y/o prestación de los servicios de telecomunicaciones cuando utilicen una red pública de telecomunicaciones NOM-184-SCFI-2012?, es una de esas leyes que ayudan al consumidor amparándose junto a la PROFECO en busca de una ayuda en caso de malos entendidos o fallos dentro del contrato, sin embargo el apartado 4.2.2 sobresale de entre todo para hacer eco en todo tipo de medios y es que textualmente dice:
‘›4.2.2 El proveedor debe informar por escrito si el equipo terminal de telecomunicaciones que le proporcione al consumidor se encuentra bloqueado para que sólo pueda ser utilizado en su red y cómo puede ser desbloqueado, sin costo adicional al consumidor, para utilizarse en otras redes una vez que adquiera la propiedad del equipo terminal de telecomunicaciones en cualquier modalidad, como sería por haber concluido el plazo forzoso o por cubrir el costo del equipo terminal de telecomunicaciones.’
¿Qué significa esto?, que ahora tendremos la capacidad de pedir, sino es que exigir, la liberación de nuestro equipo de la red bajo la que se compro, siempre y cuando el monto completo se haya saldado y no se cuente con algún otro tipo de contrato o reglamentación con la operadora, “Liberación de equipo gratis“, eso es lo que resume todo, un ejemplo claro es con los usuarios de un iPhone los cuales una vez terminado el plazo quieren manejar sus servicios con alguna otra compañía lo cual es complicado ya que los equipos llegan bloqueados de fábrica y la única manera de conseguir un iPhone liberado de fábrica es por medio de la tienda en línea de Apple.
Con esta norma no se tendrá que hacer tanto remedio ni riesgosos movimientos para poder liberar nuestro equipo de la compañía en la que nos encontremos, simplemente tendremos que, por un lado, comprar el equipo con lo que obtendremos el derecho de la liberación inmediata del equipos o en caso de estar bajo una plan de plazo forzoso terminar el plazo sin problemas y no tener algún otro tipo de contrato o adeudo para poder por fin tener derecho a la liberación de nuestro equipo, con lo que seremos completamente libres de, o continuar con el plan pero con smartphone liberado o cambiarnos a otra compañía.
‘Las compañías de telefonía celular que se adhieran a la Norma Oficial Mexicana 184 (NOM-184) tendrán que desbloquear los móviles para que los clientes los puedan utilizar en las redes de otras compañías. Existe la obligación expresa dentro de la Norma Oficial Mexicana de informar al consumidor las modalidades y formas bajo las cuales se desbloqueara cada aparato. El desbloqueo tiene que ser algo inmediato en el momento que el consumidor lo requiera’
Bernardo Altamirano, titular de la PROFECO
Sin duda un gran paso dentro de materia de tecnología y telecomunicaciones en México, un país donde casi todo esta restringido esto convierte a nuestros equipos en un elemento más de libre decisión y sobretodo de deslinde hacia ciertas compañías que aveces se sobrepasan en costos o proporcionan una calidad muy baja en sus servicios, pero demás no solo se trata de tener el equipo liberado sino de un trasfondo un poco más hacia la seguridad como el poder utilizar un chip cualquiera en caso de emergencia lo cual se agrega como punto válido para su establecimiento y sobretodo para su puesta en marcha. Sin duda hemos comenzado con el pie derecho el año solo esperemos a no retroceder en los 360 días más que nos quedan por delante.
Antes que nada hay que tener en cuenta algo muy importantes y es que no simplemente tendremos que ir hacia nuestro centro de atención a clientes y decir que liberen nuestro equipo, obviamente tendremos que realizar cierto tipo de papeleo, el cual dependerá de la compañía con la que estemos trabajando, sin embargo es recomendable que nos presentemos con una carta donde se solicite dicha liberación amparándonos en la NOM-184-SCFI-2012 4.2.2, numero de IMEI, número de serie, modelo, y una copia de una identificación oficial, de cualquier modo recordemos que la PROFECO es quien ampara por ley esta norma a lo que no deberíamos de tener problema alguno en realizar esta acción tan deseada por muchos.
Fuente | Diario Oficial de la Nación