El Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicación anuló las primeras suspensiones contra el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, también conocido como PANAUT.
La parte consideró, sobre las suspensiones otorgadas por el juez Juan Pablo Gómez Fierro, que aún no hay reglas que obliguen a los usuarios a que aporten sus datos personales y biométricos.
Los magistrados sostuvieron que hasta el momento existe un condicionante implícita en la ley, debido a que se encuentran transcurriendo los plazos de dos años para que las concesionarias y autorizados realicen las actividades necesarias para cumplir con el registro de usuarios, y de seis meses para que el IFT emita las disposiciones de carácter general.
Por mayoría de votos, los magistrados consideraron fundado el recurso de queja de la Presidencia de la Republica y negaron las medidas cautelares que solicitaron la protección de la justicia federal para que las líneas de los usuarios no sean suspendidas por no registrarse en el padrón.
Con información de El Financiero