¿Que derechos tengo al comprar un celular?
Muchas cosas han cambiado en los últimos años en materia de telefonía celular, atrás quedaron los tiempos en que nuestro celular y número quedaban atados de por vida a aquella compañía con la que los compraramos, y totalmente impensable el utilizar nuestro número de X compañía en alguna otra, ya que para eso teníamos que cambiar de número y de equipo.
Afortunadamente los tiempos han cambiado y con ello, los derechos a los que nos hacemos acreedores cuando contratamos una línea (de plan o prepago) o adquirimos un equipo celular, sin importar de qué compañía sean, o incluso derechos que tenemos al adquirir un equipo libre o desbloqueado.
Y esto toma relevancia en vísperas de épocas en que muchos aprovechamos para actualizar nuestro equipo por uno mejor con fechas como el Buen Fin, Black Friday o Cyber Monday.
¿A que tengo derecho como usuario de alguna compañía telefónica?
Nosotros podremos decidir con qué compañía utilizar nuestro móvil (independientemente de donde se contrate un plan de prepago)
Es muy común que ciertas marcas salgan “en exclusiva” con alguna operadora telefónica, pero esto no significa que no podamos utilizar ese equipo con la compañía que nosotros decidamos, ya que independientemente de donde lo compremos, podremos exigir que se libere para su uso en cualquier compañía.
En el caso de los planes de pospago (de plazo forzoso) aún existen compañías que no permiten la liberación del equipo hasta que finalice el plazo, después de esta fecha, podremos liberar nuestro equipo cuando nosotros lo deseemos. Así mismo una venta de un equipo no debe ser condicionada a contratar un plazo forzoso.
Los seguros son opcionales
Es cierto que es mejor tener un seguro y no tenerlo que necesitarlo y no tenerlo, y aunque (lamentablemente) cada vez es más común el robo y/o pérdida de celulares, no es justificación para que cualquier compañía nos obligue a contratar un seguro que ampare este tipo de incidentes.
Así que si decidimos contratar un plan que incluya el equipo, nosotros tenemos la decisión final si deseamos el seguro o no, ya que el mismo no puede ser agregado sin nuestro consentimiento.
Radio FM para todos.
En caso de desastres naturales, la primer fuente de información y la más confiable es la radio, incluso en localidades donde no exista señal móvil o electricidad, ya que con un radio de pilas podemos recibir información que puede ser vital, tal y como sucedió en los acontecimientos del sismo del año pasado.
Es por esto que un cambio que se hizo en la ley fue que todos los equipos móviles que cuenten con receptor FM deberán estar desbloqueados para poder escuchar transmisiones de radio sin tener que forzosamente conectarnos mediante datos (como pasaba y pasa con algunos operadores/marcas que lo tienen bloqueado para obligar al usuario al uso de internet)
Con este cambio, si nuestro equipo tiene este receptor, podremos estar al tanto de información importante en casos de emergencia aun si no contamos con señal de nuestro operador móvil.
¿Telcel? ¿ATT? ¿Movistar? ¡Tu eliges!
Antes el cambiar de número en alguna compañía telefónica era un trámite imposible, ya que debíamos renunciar a nuestro numero para poder cambiar de compañía, cosa que ha cambiado hoy en dia, ya que por norma del IFT (Instituto Federal de Telecomunicaciones) cualquier número libre de contratos puede cambiarlo a la compañía que desee en un trámite llamado portabilidad, que en ningún caso excederá de 24 horas, permitiéndonos conservar nuestro número actual.
Mismo caso sucede con los equipos bloqueados, los cuales tenemos derecho a “liberarlos” y en ningún caso el procedimiento deberá llevar más de 24 horas. Ambos trámites deben de ser sin restricción y sin ningún costo.
Para conocer los requisitos para la portabilidad, existen apartados en el sitio de la IFT que nos podran brindar mayor informacion: http://www.ift.org.mx/sites/default/files/portabilidad_2v6-01_accesible.pdf